jueves, 4 de noviembre de 2010

EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA EL TRAZADO DE LA LINEA DE ALTA TENSIÓN PENAGOS-GÜEÑES A SU PASO POR LOS MONTES DE TRIANO Y GALDAMES

La sentencia es firme y no recurrible por lo que Izate pide la paralización inmediata de las obras y la demolición de todo lo construido.

Antecedentes

La Asociación IZATE recurrió el 4 de octubre de 2007 ante el Tribunal Supremo el Acuerdo de Consejo de Ministros del 25 de mayo de 2007 por el que se aprueba el Proyecto de Ejecución de la línea eléctrica aérea a 400 kV «Penagos-Güeñes» a su paso por los Montes de Triano y Galdames, en el interior del espacio sobre el que se ha iniciado la tramitación de Biotopo Protegido.

La razón que llevó a IZATE a impugnar el trazado era que en el diseño previsto causaba enormes daños sobre el medio ambiente, irreversibles en algunos casos, y, además, afectan a un futuro Espacio Natural Protegido; y sobre todo, porque estos daños eran evitables en gran medida con un trazado menos impactante y perfectamente viable, como así dictaminó el Gobierno Vasco en su día.



Los motivos de IZATE para anular el trazado

En concreto, IZATE solicitó exclusivamente la anulación del trazado de esta Línea de Alta Tensión comprendido entre los asentamientos T-124 a T-147 del Proyecto de Ejecución, y ello amparado en dos motivos.

El primero es que el Proyecto preveía un trazado que incumplía en más de diez puntos las condiciones ambientales impuestas por la Declaración de Impacto Ambiental que se emitió en su día por el Ministerio de Medio Ambiente. El más sangrante era que la Declaración de Impacto Ambiental partía de la base de que el trazado transcurría por el borde del futuro Biotopo de Montes de Triano-Galdames, cuando lo cierto es que el la Línea de Alta tensión lo atravesaba por el medio.

El segundo motivo fue la arbitrariedad derivada de la incoherencia e irracionalidad a la hora de escoger los asentamientos, y ello porque, como recogió la Dirección de Biodiversidad del Gobierno Vasco en un elaborado informe técnico, no sólo existían trazados más sostenibles por los que llevar la línea de alta tensión, sino que el elegido era uno de los más insostenibles posibles desde la visión ambiental, social y económica. Su impacto previsto era muy importante, irreversible en algunos puntos, y el informe técnico del Gobierno Vasco demostró por que se podía minimizar considerablemente si se optaba por otros trazados.

La Sentencia del Supremo que anula el trazado

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección tercera, del Tribunal Supremo en Madrid estima el recurso 545/2007 interpuesto por Izate y anula, por su disconformidad al ordenamiento jurídico, la parte de dicho acuerdo en que se aprueba el trazado de la referida línea eléctrica comprendido entre los apoyos T-124 y T-147.


Entre los argumentos citados por la sentencia para anular este trazado destaca el punto 3º (página 7): "La realidad del trazado final, esto es, el correspondiente al proyecto de ejecución, es que la línea eléctrica discurre no por el borde [tal y como impone la Declaración de Impacto Ambiental (DIA)] sino por dentro del Biotopo [Protegido de los Montes de Triano y Galdames, en fase de aprobación inicial]". "Y es precisamente la afección a los valores ambientales del Biotopo lo que constituye el eje de la impugnación". Otro punto a destacar es el apartado 5º (página 10): "Se ha optado por el trazado final sobre una base errónea tanto desde el punto de vista geográfico (la línea sí discurre por el Biotopo aunque la Administración afirma lo contrario al emitir la DIA) como valorativa (el trazado propuesto es el más perjudicial para los valores medioambientales del paraje), por lo que el resultado final resulta viciado".

El tribunal, para finalizar, afirma que REDESA debe redactar un nuevo proyecto para el tendido eléctrico que no podrá repetir el trazado en la parte que cruza el futuro Biotopo Protegido de los Montes de Triano y Galdames.

Es importante destacar que esta sentencia no tiene recurso alguno, por lo debe acatarse inmediatamente.


Pasos a futuro

Según entiende IZATE, la sentencia que anula este tramo tiene una doble consecuencia. En primer lugar, REDESA ha de paralizar definitivamente las obras de construcción de la línea, ya que la anulación del proyecto conlleva la ausencia de amparo legal alguno para ejecutarlas. Y en segundo lugar, tras pasar los plazos legales oportunos, IZATE pedirá la demolición de lo construido como consecuencia irremisiblemente derivada de una declaración de nulidad jurisdiccional de una licencia.

Pese a ello, si REDESA continúa con las obras, IZATE solicitará la ejecución de la sentencia ante el Tribunal Supremo, con la imposición de multas coercitivas, y solicitará la correspondiente responsabilidad penal.

En estos momentos IZATE manifiesta su preocupación porque, tras haber recaído sentencia, REDESA pretenda ahora construir a toda velocidad más obras con la esperanza de que impedir la ejecución física o legal de la sentencia. Por ello, IZATE ha pedido el auxilio de la Diputación Foral, en calidad de administración gestora del Espacio Natural Protegido, y exigirá, en su caso, responsabilidad a REDESA hasta sus últimas consecuencias.

Se puede leer la sentencia integra en:
https://docs.google.com/fileview?id=0B6NtEV6WYa19NmRjNzE0NjktNmNiMy00YzUzLTg3YjYtN2FhNzJjYzhmYmU4&hl=es

Más información en:
http://izate.blogspot.com/2009/10/recurso-contra-la-linea-de-alta-tension.html

Asociación Medioambiental Izate Ingurugiroaren Taldea

Tfno: 600.817.653

e-mail: izate@izate.org

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Enhorabuena. Sólo hace falta que esos prepotentes, que actúan sobre hechos consumados, desmantelen lo que ya han instalado.
No tocar El Pobal, ni los montes de Triano

Anónimo dijo...

Enhorabuenta también!! la justicia llega tarde pero llega (aunque no siempre en el sentido que sería deseable, el de la justicia material real)y empresas como ReDESA no pueden escapar a la misma por mucho poder que tengan. Bien por la sociedad civil, los grupos ecologistas, etc que impiden que los poderes fácticos (económicos, empresariales, políticos) campen a sus anchas con el único ánimo de aumentar más, si cabe, sus beneficios, y en perjuicio de los derechos básicios de los ciudadanos, como son la salud, la integridad física etc (derecho a respirar un aire no contaminado, derecho a no estar expuesto a contaminaciones electro mágnéticas no deseadas, en general el derecho a un entorno natural saludable en que se puedan criar nuestros hijos).